


Una marca es el nombre, signo o diseño que sirve para distinguir un producto o servicio de otros productos o servicios iguales. Es el signo identificador de un producto o servicio en el mercado.
Una palabra, un nombre propio, el nombre de una empresa, un diseño o logo; el empaque o envase de un producto.
También conocido como Aviso Comercial.
Es la frase publicitaria que sirve para anunciar, publicitar o promocionar una marca de producto o de servicio o un establecimiento comercial, industrial o de servicios.
Es el nombre de una empresa o establecimiento comercial, industrial o de servicios.
Es una creación que permite transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza para su aprovechamiento por el hombre.
Una patente es una invención registrada. Son patentables las invenciones que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva y que tengan aplicación en alguna rama industrial.
Son los objetos, utensilios, aparatos o herramientas, que como resultado de una modificación en su disposición o estructura presenten una función diferente o ventajas en cuanto a su utilidad.
Es toda información de aplicación industrial o comercial que guarde una persona o una empresa con carácter confidencial, que le signifique tener una ventaja competitiva o económica frente a terceros y que haya adoptado medidas para preservar su confidencialidad.
Es el nombre de una región geográfica que sirve para designar un producto originario de la misma y cuya calidad o característica se deben exclusivamente al medio geográfico incluyendo los factores naturales y humanos. El ejemplo más típico de una denominación de origen en México es el “Tequila”.
Se registran ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, también conocido como “IMPI”, mediante un formato que allí mismo proporcionan o se puede bajar de internet en la página www.impi.gob.mx.
Es cualquier obra literaria o artística que confiere a su autor dos clases de prerrogativas o privilegios: (i) el derecho moral que es perpetuo, imprescriptible e inalienable toda vez que va unido a la persona del autor durante toda su vida; y (ii) el derecho patrimonial o económico que representa las utilidades, regalías o ganancias que obtiene el autor por la explotación de su obra.
No es necesario, ya que una marca se puede usar sin estar registrada, sin embargo, se corren riesgos: (i) de invadir derechos previamente adquiridos por terceros de una marca igual o semejante, lo cual conlleva el riesgo aún mayor, de ser sujeto de una demanda por infracción de marca; y (ii) que terceros puedan registrar la marca aprovechando que no está registrada.
El registro de la marca ante el IMPI constituye el reconocimiento oficial del derecho exclusivo a su uso y en consecuencia, el derecho a oponerse a otros que pretendan usarla sin autorización.
Más aún, una marca registrada es un derecho exclusivo que otorga un valor intangible a toda empresa o negocio, ya que ese valor se incrementa con el tiempo, al constituirse en el elemento identificador con el que los clientes y consumidores reconocen al producto o servicio e inclusive a la empresa que lo ofrece.
Es recomendable registrarla antes de que se use, aunque puede hacerse después de que se haya usado indicando en la solicitud respectiva la fecha del primer uso.
Los requisitos básicos son el nombre y/o diseño de la marca; los productos o servicios que va a distinguir; el pago de la tarifa del IMPI por $2672 pesos y los datos generales del solicitante.
La propiedad industrial de una empresa o negocio representa un activo intangible cuyo valor llega a rebasar el valor de otros activos, por lo que merece una protección eficaz.
La ventaja de consultar al especialista es por la seguridad de lograr una adecuada y eficaz protección; ya que previo a la presentación de la solicitud se realiza una valoración sobre las posibilidades de protección mediante una búsqueda previa sobre la disponibilidad y registrabilidad del derecho industrial; recomendaciones para el uso adecuado de la marca, patente, etc. Además, toda solicitud de registro presentada requiere atención y dedicación de tiempo para evitar que pueda quedar abandonada.
La protección de una invención o el registro de una marca, nombre comercial o slogan son procedimientos administrativos que incluyen etapas diversas, donde el IMPI notifica requisitos, objeciones o impedimentos con plazos definidos para formular una contestación; de manera que al contestar al IMPI se debe hacer adecuadamente, con pleno conocimiento de la Ley de la Propiedad Industrial, haciendo valer las disposiciones legales aplicables que favorezcan y lleven a la certeza de la procedencia del registro.
Con frecuencia, personas que presentan sus solicitudes por sí mismas, terminan registrando su marca en la clase o categoría equivocada; o abandonando su trámite porque no cuentan con las habilidades para contestar correctamente para desvirtuar un oficio del IMPI. De esta manera, pierden el dinero invertido.
La asistencia comprende la consulta previa, asesoría sobre la mejor forma de protección, búsqueda previa sobre disponibilidad y registrabilidad de la marca propuesta; preparación y presentación de las solicitudes, contestación de objeciones o requisitos, seguimiento continuo al trámite hasta obtener el certificado de registro; uso adecuado de la marca y el servicio de mantenimiento de los derechos correspondientes mediante las solicitudes de renovación; posible licencia de uso de la marca y eventualmente cualquier conflicto que pueda surgir con terceros.
Nuestros honorarios por la valoración previa, preparación y presentación de una solicitud de marca los puedes consultar sin compromiso, mediante un simple mensaje de correo electrónico.
Los servicios relacionados con la protección de invenciones, modelos de utilidad, etc., comprenden la asesoría y búsqueda previa sobre el estado de la técnica para determinar la novedad de la invención y su patentabilidad; elaboración y estructura de la solicitud de patente; pago de la tarifa correspondiente y la presentación de la solicitud en el IMPI en términos de la Ley de la Propiedad Industrial.
La protección de las invenciones, modelos de utilidad, etc., constituye igualmente un procedimiento administrativo que comprende diversas etapas dentro de las cuales el IMPI puede fijar requisitos, objetar la patente o requerir información adicional, complementaria, con plazos determinados para contestar. De manera que para formular la contestación, debe hacerlo un especialista conforme a las normas aplicables y dentro de los términos legales.
El Secretario de Economía Ildefonso Guajardo Villareal, da posesión a Miguel Ángel Margáin González como nuevo Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), a partir del 2 de enero de 2013.
Es importante reiterar la recomendación a utilizar únicamente sistemas y programas originales en sus equipos de computación y evitar el uso de programas no-originales o reproducir un original para usarlo en equipos adicionales cuando la licencia adquirida es para un solo equipo. La razón, es porque el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), realiza […]
Estrenamos ésta nueva sección de noticias, con todo lo relevante en el área de propiedad intelectual.